Gastos deducibles del autónomo en 2026: qué puedes deducir y con qué límites
Actualizado: 2026-09-24
Un gasto es deducible en el IRPF cuando cumple tres condiciones:
- Está vinculado a tu actividad.
- Tienes factura a tu nombre y con tu NIF. Un tique no basta.
- Está apuntado en tu libro de gastos en el periodo que corresponde.
En el IVA, además, solo deduces el IVA de gastos afectos a la actividad y documentados con factura completa.
Esta lista cubre los gastos más habituales de un autónomo en estimación directa. Si quieres ver cómo afectan a lo que pagas, prueba la calculadora del Modelo 130.
Los que casi todo el mundo tiene
| Gasto | IRPF | IVA | Notas |
|---|---|---|---|
| Cuota de autónomos (RETA) | 100% | No lleva IVA | Apúntala cada mes como gasto. Es de lo que más se olvida |
| Gestoría y asesoría | 100% | 100% | |
| Software y suscripciones (Adobe, Canva, Google Workspace, hosting…) | 100% si es para la actividad | Deducible | Si la factura viene de la UE sin IVA, mira cómo declararla en el 303 |
| Material de oficina | 100% | 100% | |
| Formación relacionada con tu actividad | 100% | 100% | Un curso de lo tuyo sí; uno de un hobby no |
| Publicidad | 100% | 100% | |
| Comisiones bancarias de la cuenta de la actividad | 100% | Exentas de IVA | |
| Alquiler de local u oficina | 100% | 100% | Si tu casero te retiene IRPF, además presentas el Modelo 115 |
Trabajar desde casa: suministros
Si trabajas en tu vivienda y la tienes declarada como parcialmente afecta a la actividad (en el modelo 036/037), puedes deducir en el IRPF una parte de los suministros de la casa: luz, agua, gas, telefonía e internet. La regla es:
Gasto deducible = factura × % de metros cuadrados afectos × 30%
Ejemplo: tu despacho ocupa 12 m² de un piso de 80 m² (15%). Con una factura de luz de 90 €, deduces 90 × 15% × 30% = 4,05 €.
Es poco, pero al año suma. Si el alquiler o la hipoteca están a tu nombre, también puedes deducir la parte proporcional a los m² (sin el 30%), aunque ahí conviene consultarlo, sobre todo si es tu vivienda habitual.
Comidas: dietas del propio autónomo
Tus comidas son deducibles en el IRPF solo si se cumplen todos estos requisitos, según el Manual práctico de Renta de la AEAT:
- son en restaurantes u hostelería,
- las pagas con tarjeta u otro medio electrónico (en efectivo no valen),
- son en un municipio distinto al de tu lugar de trabajo habitual y al de tu residencia.
Límites por día:
| Sin pernoctar | Pernoctando | |
|---|---|---|
| En España | 26,67 € | 53,34 € |
| En el extranjero | 48,08 € | 91,35 € |
Las comidas con clientes son otra cosa: entran como atenciones a clientes, con el límite del 1% de tu cifra de negocios del año.
Seguro de salud
La prima de un seguro de enfermedad es deducible en el IRPF hasta 500 € al año por persona: tú, tu cónyuge y tus hijos menores de 25 años que convivan contigo. El límite sube a 1.500 € por persona con discapacidad. No lleva IVA.
Vehículo: la gran trampa
- IRPF: solo es deducible si el vehículo se usa exclusivamente para la actividad. Hay excepciones, como taxistas, repartidores, representantes comerciales o autoescuelas. Para la mayoría de freelancers con un coche que también usan para lo personal, Hacienda no lo acepta.
- IVA: la ley presume un 50% de afectación. Por eso muchos autónomos deducen la mitad del IVA de la compra y del combustible aunque no puedan deducirlo en el IRPF. Si Hacienda pregunta, eres tú quien tiene que justificar el uso.
En la hoja de gastos de HojaFiscal esto se hace poniendo 50% en "% IVA deducible" y 0% en "% deducible IRPF".
Ordenadores, muebles y otras inversiones
Un portátil de 1.200 € no es un gasto de golpe: es un bien de inversión y se amortiza. En estimación directa simplificada, los equipos informáticos se amortizan hasta un 26% al año y el mobiliario hasta un 10%. El IVA sí lo deduces entero en el trimestre de la compra (casillas 30 y 31 del 303).
Gastos de difícil justificación
En estimación directa simplificada sumas además un 5% de tu rendimiento neto como gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año. No necesitas facturas: es automático. Lo explicamos en la guía del Modelo 130.
Lo que NO es deducible (aunque lo parezca)
- Multas y sanciones.
- La ropa normal, aunque la uses para trabajar. Los uniformes o EPIs sí son deducibles.
- Gastos personales pagados con la tarjeta del negocio.
- Regalos a clientes por encima del límite de atenciones a clientes.
- El propio IRPF que pagas.
- Tiques simplificados sin tus datos, cuando necesitas deducir el IVA.
Guía informativa, no es asesoramiento fiscal. Cada caso concreto (vehículo, vivienda afecta, actividad mixta) conviene revisarlo con un profesional. Revisada en septiembre de 2026 para territorio común.