Modelo 130 paso a paso (2026): cómo se calcula cada casilla, con ejemplos
Actualizado: 2026-09-23
El Modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que presentan cada trimestre los autónomos en estimación directa. En la práctica es un adelanto a cuenta de la Renta: pagas el 20% de tu beneficio acumulado en el año, menos lo que ya has adelantado.
La palabra clave es acumulado. Casi todos los errores del 130 vienen de rellenarlo con los datos solo del trimestre.
¿Prisa? Usa la calculadora del Modelo 130: se rellena con tus importes acumulados y te da todas las casillas.
¿Tengo que presentarlo?
Sí, si estás en estimación directa (normal o simplificada), salvo que en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de tu actividad profesional hayan llevado retención (típico de profesionales que facturan a empresas con el 15%). En ese caso no estás obligado, aunque puedes presentarlo si te conviene.
Las casillas que importan
| Casilla | Qué es | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| 01 | Ingresos computables | Suma de bases imponibles (sin IVA) desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre |
| 02 | Gastos deducibles | Suma de gastos deducibles acumulados. En simplificada incluye el 5% de gastos de difícil justificación (máx. 2.000 € al año) |
| 03 | Rendimiento neto | 01 − 02 |
| 04 | 20% | 20% de la 03 si es positiva; si es negativa, 0 |
| 05 | Pagos anteriores | Suma de las casillas 07 positivas de los trimestres anteriores del mismo año |
| 06 | Retenciones | Retenciones que te han practicado tus clientes, acumuladas |
| 07 | Resultado | 04 − 05 − 06 |
| 13 | Minoración art. 110.3.c | Hasta 100 € por trimestre si tu rendimiento neto del año anterior fue ≤ 12.000 € |
| 14 | Diferencia | 07 − 13 (sin actividades agrícolas, 12 = 07) |
| 15 | Negativos anteriores | Resultados negativos (casilla 19) de trimestres anteriores que aún no hayas aplicado, con el límite de la casilla 14 |
| 19 | Resultado | Lo que pagas (si es positivo). Si es negativo o cero, se presenta igualmente |
Los gastos de difícil justificación
Si estás en estimación directa simplificada (la mayoría de autónomos), puedes añadir a tus gastos un 5% del rendimiento neto previo (ingresos − gastos), con un máximo de 2.000 € al año. No necesitas facturas para ello: es un porcentaje fijo. Fuente: AEAT, estimación directa simplificada.
La minoración de hasta 100 € (casilla 13)
Según el rendimiento neto de actividades del año anterior:
| Rendimiento neto año anterior | Minoración por trimestre |
|---|---|
| hasta 9.000 € | 100 € |
| 9.000,01 – 10.000 € | 75 € |
| 10.000,01 – 11.000 € | 50 € |
| 11.000,01 – 12.000 € | 25 € |
| más de 12.000 € | 0 € |
Si es tu primer año de actividad, el rendimiento del año anterior cuenta como 0, así que te corresponden 100 €. Mucha gente se la deja.
Ejemplo 1: Marta, diseñadora, primer y segundo trimestre
Marta está en estimación simplificada. El año pasado su rendimiento neto fue de 15.000 € (sin minoración). En el primer trimestre factura 6.000 € (4.000 € a empresas con retención del 15%) y tiene 1.500 € de gastos.
1T (importes acumulados a 31 de marzo):
| Casilla | Importe |
|---|---|
| 01 Ingresos | 6.000,00 € |
| 02 Gastos: 1.500 + 5% de 4.500 = 1.500 + 225 | 1.725,00 € |
| 03 Rendimiento | 4.275,00 € |
| 04 20% | 855,00 € |
| 05 Pagos anteriores | 0,00 € |
| 06 Retenciones (15% de 4.000) | 600,00 € |
| 07 = 19 Resultado | 255,00 € a ingresar |
2T: a 30 de junio lleva 11.500 € de ingresos, 2.900 € de gastos y 1.200 € de retenciones.
| Casilla | Importe |
|---|---|
| 01 Ingresos | 11.500,00 € |
| 02 Gastos: 2.900 + 5% de 8.600 | 3.330,00 € |
| 03 Rendimiento | 8.170,00 € |
| 04 20% | 1.634,00 € |
| 05 Pagos anteriores (07 del 1T) | 255,00 € |
| 06 Retenciones acumuladas | 1.200,00 € |
| 07 = 19 Resultado | 179,00 € a ingresar |
Fíjate en que en el 2T no se paga el 20% del beneficio del trimestre, sino el 20% del acumulado menos lo ya pagado y retenido.
Ejemplo 2: Pablo, con minoración y un resultado negativo
Pablo tuvo 8.000 € de rendimiento neto el año pasado, así que le corresponde una minoración de 100 € por trimestre.
1T: 3.000 € de ingresos, 1.200 € de gastos, 300 € de retenciones.
- 02 = 1.200 + 5% de 1.800 = 1.290 € → 03 = 1.710 € → 04 = 342 €
- 07 = 342 − 0 − 300 = 42 €
- 13 = 100 € → 14 = 42 − 100 = −58 € → casilla 19 = −58 € (se presenta como negativa, no se paga nada)
2T (acumulado): 6.500 € de ingresos, 2.300 € de gastos, 600 € de retenciones.
- 02 = 2.300 + 5% de 4.200 = 2.510 € → 03 = 3.990 € → 04 = 798 €
- 05 = 42 € (la casilla 07 del 1T, que fue positiva, aunque luego la minoración la dejara en negativo)
- 07 = 798 − 42 − 600 = 156 € → 14 = 156 − 100 = 56 €
- 15 = los −58 € del 1T, con el límite de 56 € → 56 €
- 19 = 0 €, y le quedan 2 € de negativos para el 3T
Dos detalles que muchas plantillas gratuitas calculan mal: la casilla 05 usa las casillas 07 anteriores (no lo que pagaste de verdad), y los negativos de la casilla 19 se arrastran a los trimestres siguientes.
Plazos
1T: 1–20 de abril · 2T: 1–20 de julio · 3T: 1–20 de octubre · 4T: 1–30 de enero del año siguiente. Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes. Mira el calendario fiscal completo.
Errores frecuentes
- Poner solo los ingresos del trimestre en la casilla 01 en vez del acumulado.
- Incluir el IVA en ingresos o gastos (siempre bases imponibles).
- Olvidar la cuota de autónomos como gasto deducible.
- Meter un ordenador de 1.200 € como gasto de golpe: es un bien de inversión y se amortiza (por ejemplo, un 26% anual en equipos informáticos, en la tabla simplificada).
- No aplicar los 100 € de minoración en el primer año de actividad.
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Revisada en septiembre de 2026 con la normativa vigente para territorio común (no aplica a País Vasco ni Navarra).